Antes de firmar la opción, verifica que la zona no active una autorización del Ministerio de la Defensa (art. 48 LOSDN) y que el título no sea sobre un baldío del Estado o parque nacional. Escribe estado/ciudad/zona abajo — el chequeo usa el mismo mapa que las notas automáticas del inventario.
El art. 48 de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa de la Nación obliga a solicitar autorización del Ministerio de la Defensa para cualquier adquisición de inmuebles por extranjeros en franjas costeras, fronterizas y áreas estratégicas. ZODI-71 (Margarita, Coche, Cubagua) es la más activa. La autorización toma 2-3 meses y se tramita en paralelo con el registro.
Islas menores del Caribe (Los Roques, La Tortuga, La Orchila, Los Testigos), costas sin título privado trazable desde 1830 y parques nacionales (Morrocoy, Mochima, Henri Pittier) son baldíos inalienables o áreas protegidas. Los "títulos" que circulan son frecuentemente nulos — exige estudio de tradición de 20+ años antes de firmar nada.